Protocolo para la Prevención del Acoso Sexual y por razón de Sexo
A través de este esquema os explicamos la obligación de realizar un protocolo de prevención de acoso laboral por razón de sexo en su empresa con medidas preventivas y procedimiento a seguir en caso de acoso laboral. Si el cumplimiento de esta obligación no se lleva a cabo la empresa puede ser sancionada. Esta obligación aparece en el Estatuto de los Trabajadores (artículo 4) y en la Ley Orgánica 3/2007.
La finalidad de este protocolo esta en erradicar cualquier posible comportamiento que perjudique a los trabajadores y trabajadoras. La empresa es responsable del bienestar físico y psicológico de sus empleados y empleadas a fin de crear un buen ámbito de trabajo.
Así mismo os dejamos los 4 pasos esenciales para la realización del protocolo.
Para más información puedes consultar aquí la Guía de elaboración de protocolo realizado por el Gobierno de España.
Por otro lado, también es importante tener en cuenta el Plan de Igualdad para las Empresas.
Artículo alienado con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030