Vacaciones si estoy en un ERTE

Vacaciones si estoy en un ERTE

Vacaciones si estoy en un ERTE

¿Tengo derecho a vacaciones si estoy en un ERTE de suspensión de contrato?

Durante la vigencia de la suspensión del contrato ERTE, los trabajadores no tendrán derecho a vacaciones. Las vacaciones anuales se reducirán según el número de días de suspensión. Si ocurre un ERTO, las vacaciones serán canceladas. Una vez que la situación vuelva a la normalidad, los trabajadores podrán disfrutar de las vacaciones correspondientes sin calcular las vacaciones acumuladas durante el ERTO. El artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores establece que las vacaciones anuales no serán inferiores a 30 días naturales, es decir, 2,5 días naturales al mes (salvo lo dispuesto en el convenio colectivo aplicable).

¿Tengo derecho a vacaciones si estoy en un ERTE parcial, de reducción de jornada?

En este caso, el importe acumulado de las vacaciones no se modificará. Los trabajadores tienen derecho a la misma licencia que si no participaran en ERTE. Si las vacaciones no se fijan al inicio de la reducción de jornada de ERTE, se puede llegar a un acuerdo general con el representante de los trabajadores, o en caso contrario, se debe llegar a un consenso entre la empresa y el trabajador.

Sin embargo, el salario durante las vacaciones se verá afectado, porque será más bajo que el salario durante el trabajo a tiempo completo, porque en el proceso de reducción de las horas de trabajo, se reducirá su salario anual total (no debemos olvidar que para reducir los días hábiles, el salario también es disminuido).

¿Qué ocurre si los trabajadores siguen en ERTE y no pueden disfrutar sus vacaciones dentro del año natural?

Las vacaciones deben tomarse dentro del año natural. Si los empleados continúan en ERTE y tienen días de vacaciones, la compañía debe dejar de solicitar ERTE durante las vacaciones para que puedan disfrutar de sus vidas. En este caso, deben recibir un salario y la empresa lo paga.

¿Puede mi empresa obligarme a coger vacaciones si estoy en ERTE?

La empresa puede aconsejar a los trabajadores que disfruten de las vacaciones, pero no puede imponerles unilateralmente. Las vacaciones deben acordarse de mutuo acuerdo de acuerdo con el convenio colectivo del plan anual de vacaciones aplicable. El derecho a disfrutar de las vacaciones está estipulado en el art. Artículo 38 del Estatuto de los trabajadores: no menos de 30 días naturales, y los trabajadores deben ser notificados con al menos dos meses de anticipación.

 

 

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