Planes de jubilación. Artículo de opinión de nuestro departamento fiscal

Planes de jubilación. Artículo de opinión de nuestro departamento fiscal

Planes de jubilación. Artículo de opinión de nuestro departamento fiscal.

En éste artículo de opinión de nuestro departamento fiscal sobre el plan de jubilación y su impacto en nuestros ingresos y/o renta, debemos distinguir dos momentos clave: el momento de lo que aportamos y el momento de recuperar el capital de inversión años después, cuando llega la jubilación.

Durante las aportaciones, sean hechas por un particular o una empresa, se produce una reducción de la Base Imponible del Impuesto del importe aportado, con un máximo de 8.000 euros, de manera que hasta ese importe no se va a tributar. Más allá de las aportaciones de 8.000 euros, no gozará de beneficio fiscal y sí que tributará en el momento del rescate. Mucho ojo!

Pero el tema espinoso, de los planes de jubilación, surge a la hora del reembolso. En el reembolso, tributa lo aportado y lo generado por la inversión, que ésta debería tributar al tipo fijo entre el 19% y el 23% dependiendo del importe. Sin embargo, la cantidad total se considera rendimientos del trabajo, sabiendo que tributa al tipo marginal, que cabe recordar que a partir de 60.000 euros es del 45%.

En la normativa anterior, los rescates en forma de capital gozaban de una reducción del 40% como rendimiento irregular. Ahora sólo existe una transitoria para aportaciones realizadas anteriormente a 2006.

Es decir, si te jubilas y recuperas la inversión en forma de capital, tendrás que declarar todo el importe rescatado en tus ingresos de ese año. El Ministerio de Hacienda, te reclamará que le des hasta el 45% de lo que has recibido, lo que hace necesario planificar y estudiar el impacto fiscal de forma razonable antes de decidir si rescatar el plan de pensiones en forma de renta o capital o cuándo cobrarlo.

El actual formato fiscal de los planes de jubilación, no cumple con el objetivo de incentivar el ahorro previsional a largo plazo como complemento del sistema público de pensiones, perdiendo por completo su intención original. No debemos olvidar que son sistemas alternativos que pueden paliar nuestro ya preocupante sistema de pensiones, pero cuando llega la jubilación, los problemas y temores de quienes dejan el servicio activo no deberían sumarse a otros problemas.

Imagen de Tumisu en Pixabay

Impost Autonòmic_Impuesto Autonómico

Impuesto autonómico

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