Autónomo, ¿primera contratación?

Autónomo, ¿primera contratación?

¿Eres autónomo y quieres contratar a tu primer empleado? En este artículo te explicamos posibles dudas que puedan surgirte antes de la contratación. Además de explicarte con 4 pasos el proceso para realizar un contrato. 

Artículo de interés: Situación de las Pymes en España

Aclaraciones antes de la contratación

En primer lugar, el autónomo debe tener claro que el salario y cotización del empleado corre a su cargo. 

El tipo de contrato a firmar debe seguir los modelos existentes actualmente. En agosto de 2022 contamos con 

  • Contrato de trabajo indefinido
  • Contrato de trabajo temporal, únicamente en circunstancias de producción o por sustitución.
  • Contrato de trabajo fijo discontinuo 
  • Contrato de trabajo formativo

En las actuales modificaciones de la reforma laboral, se especifica que la tarifa plana de autónomo podrá seguir siendo una bonificación para los autónomos. 

Aquí puedes ver la modificación de la tarifa plana en municipios pequeños.

¿A quién podemos contratar? 

Respecto a la contratación, y posibles dudas, trataremos los siguientes casos

  • Contrato a otro autónomo 

Los dos trabajadores serán autónomos independientes, donde la relación es profesional y de intercambio de servicios. La retribución deberá declararse a través del IVA para justificar los servicios. 

  • Contrato a un familiar

Se puede contratar sin problema a una persona de la familia, cónyuges, ascendientes y descendientes. El contrato estará regido al contrato general. La única condición es demostrar a la Seguridad Social que la relación laboral existe. Esto se hará mediante el contrato, horario, nóminas, pagos..

Del mismo modo se puede contratar como Autónomo colaborador, eso implica que la persona a contratar está de alta como autónomo y que los riesgos del negocio son conjuntos, es decir, sin independencia económica. 

En este caso, el familiar colaborador no está obligado a realizar declaraciones porque el sueldo es compartido con el autónomo empleador. En cambio, el autónomo titular deberá presentar todos los papeles.

Dicho esto, te dejamos los pasos a seguir para la contratación:

1 Inscripción como empresario a la Seguridad Social a través del modelo TA.6.

En la página oficial de la SS puedes encontrar el formulario de inscripción. De esta manera los datos del negocio están recogidos en la sede y el régimen de la actividad queda registrado. Junto a los datos identificativos del autónomo.

En resumidas cuentas, hay tres documentos a presentar para realizar el proceso de contratación. 

  • Modelo de solicitud
  • Documento identificativo del titular de la empresa
  • Alta en el Impuesto de Actividades Económicas

2 Alta del trabajador en la Seguridad Social 

Como en todos los contratos legales, el empleado debe aportar el número de afiliación a la Seguridad Social. 

En el momento de contratar a una persona se pueden dar dos casos

  • La persona tiene número de afiliación. En este caso, se presentará el Modelo TA.2/S
  • La persona no tiene número de afiliación. En este caso, la persona deberá obtener uno, lícito para toda la vida, a través del Modelo TA.1.

3 Firma de contrato 

Una vez el trabajador dado de alta, el autónomo debe remitir al SEPE una copia del contrato en un término de 10 días. 

Se puede hacer de manera telemática desde el servicio Contrat@ 

En dicho contrato se especifican las condiciones y características de la contratación aceptadas por ambas partes. 

4 Cotización del trabajador 

Como hemos explicado anteriormente, tanto el salario como la cotización del trabajador corren a cargo del autónomo. 

Teniendo clara la retribución fijada en el contrato laboral, se establecerá un sistema de pago para respetar el salario acordado sea fijo, en función de las horas, comisión u objetivos. 

Nuevos tramos de cotización para los autónomos

Otras Obligaciones

En cuanto una empresa o negocio tiene personas a su cargo contratadas, la ley establece varias obligaciones a seguir con la finalidad de perseguir unos objetivos de bienestar, igualdad y respeto en el trabajo. 

Nuestra empresa asociada, Nominac, te explica estas obligaciones en su blog.

En Assemp BCN podemos ayudarte con el proceso y su regularización.

Artículo alienado con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030.

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